It is the cache of ${baseHref}. It is a snapshot of the page. The current page could have changed in the meantime.
Tip: To quickly find your search term on this page, press Ctrl+F or ⌘-F (Mac) and use the find bar.

La regla de minimis en el ámbito de los acuerdos restrictivos de la libre competencia. | Ortiz Baquero | Revista e-mercatoria

La regla de minimis en el ámbito de los acuerdos restrictivos de la libre competencia.

Ingrid Soraya Ortiz Baquero

Resumen


La regla de minimis es una de las varias tesis cuya aplicación permite reducir el alcance de la prohibición de los acuerdos restrictivos de la competencia (art. 81.1 del TCE), y en este medida compatibilizar la aplicación de las disposiciones antitrust con el desarrollo de la libertad de empresa, la libertad de contratación y la autonomía privada.
Conforme a la esta doctrina, sólo las conductas que afectan la competencia de forma significativa o sensible se encuentran comprendidas en el ámbito de la prohibición del art. 81.1 del TCE y, en consecuencia deben prohibirse y sancionarse. Aquellas que por el contrario no surten efectos sensibles sobre la competencia se sitúan por fuera del ámbito de la norma y se consideran sin relevancia antitrust.
Este artículo aborda el origen, desarrollo y la actual regulación de los acuerdos de menor importancia en Europa y en el ordenamiento español, consideraciones que nos que servirán de marco para plantear el debate sobre la aplicación de la regla de minimis en el ordenamiento colombiano y su utilidad.

Palabras clave


Acuerdos de menor importancia, Regla de minimis, Automec, Ilícito antitrust

Texto completo: PDF

Creative Commons License
Este trabajo está licenciado bajo la licencia Creative Commons Attribution 3.0 .

Site Meter