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El tratamiento penal del enfermo mental en el nuevo Código. | Espinosa Iborra | Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría.

El tratamiento penal del enfermo mental en el nuevo Código.

Julián Espinosa Iborra

Resumen


La promulgación de un nuevo Código Penal ha supuesto, para el enfermo mental que comete un delito y es considerado inimputable, una mayor garantía de que se le someta a un juicio justo y ha mejorado las condiciones de cumplimiento de la llamada medida de seguridad, (alternativa a la pena). La novedad peor aceptada por ciertos sectores de la judicatura o psiquiatría es la limitación temporal de dicha medida de seguridad, por seguir considerando al enfermo mental como una persona peligrosa , a pesar de estar demostrado que no generan más delincuencia que la población general, ni justifica la alarma de algunos responsables ni la creación de Unidades especiales de «alta seguridad». De todos modos, el Código sigue discriminando al enfermo mental, aplicándole en exclusiva medidas extraordinarias, de defensa social, creyendo que estos enfermos son incapaces absolutos de comprender la ilegalidad del hecho cometido o el sentido de la pena. Tampoco resuelve el tema del lugar de cumplimiento de tales medidas.

Palabras clave


Tratamiento penal, enfermo mental delincuente, peligrosidad

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Revista de la Asociación Española de Neuropsiquiatría.
EISSN: 2340 2733 (Versión digital)
ISSN: 0211 5735 (Versión impresa)
www.aen.es